Lo que debes saber sobre la media prima que deben recibir los docentes nombrados entre 1981 y 2023

Lo que debes saber sobre la media prima que deben recibir los docentes nombrados entre 1981 y 2023

En las últimas semanas, miles de educadores en Colombia han seguido con atención las noticias sobre la media prima de mitad de año, también conocida como mesada pensional adicional, que estaría siendo reconocida a docentes pensionados del país. Pero, ¿a quiénes aplica realmente este derecho y qué deben hacer para reclamarlo?

¿Qué es la media prima de mitad de año?

La media prima es una mesada adicional que, según la Ley 91 de 1989 y fallos recientes del Consejo de Estado, corresponde a docentes pensionados que fueron nombrados entre el 1° de enero de 1981 y el 26 de junio de 2003. Este pago representa un reconocimiento económico equivalente a medio salario pensional y, en algunos casos, incluye hasta tres años de retroactivo.

De acuerdo con la información oficial del Gobierno Nacional y de la Fiduprevisora, entidad encargada de las prestaciones del magisterio, este beneficio se encuentra en proceso de reconocimiento para los docentes que cumplen los requisitos establecidos.


¿Quiénes tienen derecho?

La norma y los fallos judiciales aclaran que el derecho aplica para:

  • Docentes vinculados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG).
  • Nombrados entre el 1° de enero de 1981 y el 26 de junio de 2003.
  • Que actualmente se encuentren pensionados y no hayan recibido previamente esta prima ni su retroactivo.

En el caso de los docentes nombrados después de 2003, no aplica este derecho en los mismos términos, pues se rigen por regímenes posteriores. Sin embargo, algunos sindicatos han solicitado revisar la posibilidad de incluir a quienes ingresaron al servicio después de esa fecha bajo figuras similares de reconocimiento económico.

¿Cómo reclamar la media prima?

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El proceso para solicitar este pago es de carácter administrativo y no requiere abogado. Los docentes pensionados pueden presentar un derecho de petición dirigido a la Fiduprevisora o a la Dirección de Prestaciones Sociales del Magisterio, anexando los siguientes documentos:

  1. Copia del acto de nombramiento o resolución de vinculación.
  2. Copia de la resolución de pensión.
  3. Certificación de no haber recibido previamente la media prima ni retroactivo.

Una vez radicada la solicitud, la entidad realiza el estudio correspondiente y, de ser procedente, emite la orden de pago. En algunos casos ya reconocidos, el retroactivo ha superado los 15 o 20 millones de pesos.

¿Qué dicen Fecode y el Gobierno?

La Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE) ha celebrado el reconocimiento del derecho como un logro del magisterio y ha solicitado que el proceso se acelere. Por su parte, la Presidencia de la República informó que este reconocimiento “hace parte del cumplimiento de los compromisos adquiridos con los maestros pensionados”.

De acuerdo con la Presidencia de Colombia, se trata de un derecho ya reconocido, que no constituye una nueva prima, sino el restablecimiento de una mesada adicional establecida en la ley y reafirmada por la justicia.

Recomendaciones para los docentes

Los docentes que cumplan los requisitos deben radicar su solicitud lo antes posible, pues la retroactividad se reconoce solo hasta tres años hacia atrás a partir de la fecha de presentación del derecho de petición.

Fecode recomendó hacerlo directamente ante las entidades competentes y evitar intermediarios o personas que cobren por tramitar el beneficio.

En conclusión

La media prima de mitad de año es un derecho restablecido para miles de docentes pensionados del país. Aunque su reconocimiento avanza gradualmente, constituye un paso importante hacia el cumplimiento de los compromisos históricos del Estado con el magisterio colombiano.

Fuente: Presidencia de la República de Colombia, Fecode, Fiduprevisora y Consejo de Estado. Más Colombia, Presidencia.gov.co.

4 comentarios

  1. Claudia Luz Peña Luz

    Soy Claudia Luz Peña Luz pero no recuerdo en que año ingresé. Gracias por la colaboración.

  2. Serapio Solís O.

    ¿Los maestros que reciben pensión gracia también tienen derecho?

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